Actualmente existe libertad de nombre, no tiene porqué coincidir con la denominación social e incluso puede tratarse de un nombre de fantasía, un anagrama o logotipo, pero el nombre debe ser novedoso y no ser susceptible de inducir a error en el público.
El nombre comercial puede ser también objeto de transmisión, cesión, gravamen y derechos reales, igual que las marcas.

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